Movilidad más eficiente y competitiva

La discusión sobre la entrada de plataformas de transporte como Uber en Hidalgo ha generado un intenso debate en los últimos años, enfrentando intereses económicos, sociales y legales.

La Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo establece que el servicio de transporte de pasajeros solo puede prestarse mediante una concesión otorgada por la Secretaría de Movilidad y Transporte (Semot). Esta disposición, aprobada en el 2018, limita la operación de plataformas digitales como Uber, ya que estas no operan bajo el modelo de concesiones, sino como intermediarias tecnológicas entre conductores particulares y usuarios.

En 2023, titular de la Semot señaló que cualquier empresa interesada en operar en Hidalgo debe someterse a un proceso de autorización estatal, cumpliendo con las revisiones administrativas correspondientes. Esto refuerza la postura de que las plataformas digitales no pueden operar sin ajustarse al esquema de concesiones, lo que ha sido un obstáculo significativo para Uber. Además, la Semot ha impuesto sanciones a conductores que ofrecen servicios a través de aplicaciones no autorizadas como InDrive, con multas cercanas a los 450,000 pesos, demostrando un enfoque riguroso en la aplicación de la ley.

A nivel federal, la SCJN ha emitido resoluciones relevantes que contrastan con la postura de Hidalgo. En diversos casos, la SCJN ha determinado que plataformas como Uber no prestan un servicio de transporte público, sino que facilitan una interacción entre particulares. Esta interpretación considera inconstitucionales las restricciones que impiden su operación, siempre que no exista una regulación específica que las prohíba explícitamente. Por ejemplo, en entidades como Jalisco y la Ciudad de México, la SCJN ha respaldado la operación de estas plataformas, argumentando que fomentan la competencia y el derecho a la libre movilidad.

Por su parte la COFECE clasifica a Uber como una Empresa de Red de Transporte (ERT), lo que implica que su modelo de negocio no se ajusta a la definición tradicional de transporte público, sino que opera como una plataforma tecnológica que conecta oferta y demanda. La COFECE ha recomendado a los estados regular estas plataformas en lugar de prohibirlas, ya que su operación puede generar beneficios económicos, como la creación de empleos flexibles y la mejora en la calidad del servicio de transporte.

Uber ha intentado ingresar al mercado hidalguense desde 2018, enfrentándose a múltiples barreras legales. En 2019, la empresa obtuvo un amparo (953/2019) que obligó a la Semot a responder sobre la posibilidad de operar bajo la legislación existente. Sin embargo, la respuesta de la Semot fue insuficiente, según el Poder Judicial de la Federación, lo que evidenció una resistencia administrativa. En 2022, Uber interpuso un segundo amparo (1053/2020-II), pero el Juzgado Tercero de Distrito sobreseyó el caso, argumentando que la Ley de Movilidad estatal no permite la operación de plataformas digitales. Finalmente, en 2023, el tribunal federal desechó el último amparo de Uber (resolutivo 61/2022), consolidando la prohibición de su operación en Hidalgo. 

A pesar de estos reveses, Uber ha expresado su intención de continuar con recursos legales, potencialmente escalando el caso a la SCJN. Esto sugiere que la batalla legal no ha concluido y que la empresa podría buscar un precedente nacional que obligue a Hidalgo a ajustar su legislación. 

La prohibición de Uber en Hidalgo refleja un enfoque conservador que prioriza la protección de los concesionarios y el cumplimiento estricto de la ley estatal. Sin embargo, esta postura podría estar limitando la innovación y el acceso a servicios de transporte más eficientes, especialmente en un contexto donde la demanda de movilidad crece en zonas urbanas. Una reforma a la Ley de Movilidad para incluir plataformas digitales colocaría a Hidalgo a la par de estados como la Ciudad de México, Jalisco y Nuevo León que han regulado estas plataformas con éxito, estableciendo requisitos como registros de conductores, inspecciones de vehículos, licencias, estándares de seguridad y contribuciones fiscales, garantizando un equilibrio entre innovación y protección a los concesionarios.

Dado que Uber podría escalar el caso a la SCJN, el gobierno de Hidalgo debe prepararse para un posible fallo que exija ajustar la legislación, evitando conflictos legales prolongados.

La pertinencia de permitir plataformas como Uber en Hidalgo depende de la capacidad del estado para equilibrar la protección de los concesionarios con la demanda de innovación en el transporte. Aunque la Ley de Movilidad estatal justifica la prohibición actual, el marco federal y los precedentes de la SCJN sugieren que regular estas plataformas es más viable que excluirlas. La resistencia a su entrada refleja preocupaciones legítimas sobre la estabilidad económica de los taxistas, pero también podría estar frenando el desarrollo de un sistema de movilidad más eficiente y competitivo.

Una reforma legislativa bien diseñada, acompañada de diálogo y medidas de apoyo al sector tradicional, podría ser la clave para resolver este dilema, beneficiando a usuarios, conductores y al estado en su conjunto.

 

X@David_Tenorio

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Last modified on Domingo, 27 Abril 2025 23:59

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